Ayudas individuales para personas con discapacidad y personas en situación de dependencia en Aragón

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón
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El Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón convoca para el ejercicio 2012 las ayudas individuales a favor de personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. Las que están destinadas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración social y a mejorar su bienestar, comunicación y participación en la vida de su entorno. Unas ayudas que ascienden a 250.000 euros, con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de 2012.

Centro de día.
Centro de día.
Podrán solicitar las ayudas las personas que tengan reconocida la condición de discapacitadas con un grado igual o superior al 33% y aquellas personas en situación de dependencia que tengan reconocido un Grado III (gran dependencia) Grado II (dependencia severa), niveles 1 ó 2. En el caso de las personas dependientes sólo podrán acogerse a las ayudas técnicas y/o de la realización de obras de accesibilidad y adaptación de la vivienda habitual.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” (25 de junio de 2012). Además, las solicitudes se presentarán a través del Registro de las correspondientes Direcciones Provinciales del IASS, en cualquier otro de los Registros Generales de Entrada del Gobierno de Aragón.

Tipología de ayudas

Podrán concederse ayudas para los siguientes conceptos hasta el límite que en cada caso se indica:

1. Transporte para rehabilitación: Hasta 63 euros mensuales.

2. Ayudas para movilidad y comunicación:

2.1. Obtención del permiso de conducir: Hasta 500 euros.
2.2. Adquisición de vehículo a motor: Hasta 2.200 euros.
2.3. Adaptación de vehículo a motor: Hasta 1.868 euros.

3. Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vivienda habitual.

3.1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado para personas con limitaciones graves de movilidad y con la capacidad suficiente que les permita usar el baño adaptado. Hasta 1.800 euros.
3.2. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros.
3.3. Colocación de pasamanos o barandilla: Hasta 300 euros.
3.4. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros.
3.5. Colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros.
3.6. Adaptación de cocina y mobiliario adaptado para personas con movilidad reducida pero con capacidad suficiente para hacer uso de la adaptación solicitada: Hasta 1.500 euros.
3.7. Ascensor o plataforma salva-escaleras para vivienda habitual: Hasta 2.500 euros

4. Ayudas técnicas para:

4.1. Grúa con arnés: Hasta 1.000 euros
4.2. Somier articulado: Hasta 500 euros.
4.3. Colchón anti-escaras: Hasta 300 euros.

5. Ayudas para desenvolvimiento personal y la potenciación de las relaciones con el entorno:

5.1. Adquisición de un par de gafas o de lentillas no desechables: Hasta 350 euros.
5.2. Audífonos: Hasta 1.000 euros por unidad.
5.3. Procesador de palabras o «mobil speak»: Hasta 2.000 euros.
5.4. Ordenador personal para personas con deficiencias motrices o sensoriales o con problemas específicos de comunicación: Hasta 400 euros.
5.5. Pañales: Hasta 500 euros. (Quedarán excluidos los solicitantes que hayan obtenido ayuda para esta finalidad proveniente de entidades públicas o privadas).

6. Otras Ayudas hasta 350 euros.

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